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Me divorcio: ¿Tengo derecho a la pensión compensatoria?

por | 26 enero, 2023 | Divorcios, Post

Tras un proceso de separación y divorcio, existe la posibilidad de solicitar una pensión compensatoria al cónyuge si se dan una serie de circunstancias.

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Si tras una ruptura uno de los cónyuges se queda en una situación de inestabilidad o desigualdad financiera, tiene la opción de solicitar una pensión compensatoria, siempre y cuando se den una serie de requisitos que veremos a continuación y la otra parte implicada haya quedado en mejores condiciones.

Como en muchos otros procedimientos legales, la mejor opción para las partes implicadas es llegar a un acuerdo al respecto. Pero en estos casos, sobre todo, si el divorcio no se ha producido de mutuo acuerdo, no se suele llegar a conclusiones de mutuo acuerdo y es necesario llegar a los tribunales, dilatando la resolución en el tiempo y aumentando el coste del proceso.

¿Qué dice la legislación vigente respecto al derecho a la pensión compensatoria?

El Código Civil recoge, concretamente en su artículo 97, los requisitos necesarios para poder solicitar una pensión compensatoria tras la disolución de un vínculo matrimonial. 

La condición fundamental que se ha de dar es que la parte solicitante quede en una situación que suponga un empeoramiento de sus circunstancias económicas respecto a cuando estaba unida a la otra persona, es decir, que exista un desequilibrio económico por parte de uno de los implicados. En la mayoría de los casos suele darse porque una de las partes, en este caso, la parte solicitante, dejara a un lado su carrera profesional para centrarse en el cuidado de los hijos y del hogar, con lo que no tendría ingresos regulares. También puede darse que una de las dos partes tenga un puesto de trabajo mucho mejor remunerado que la otra, con lo que quedaría en peores condiciones económicas tras la ruptura.

¿Qué requisitos se han de cumplir para tener derecho a cobrar una pensión compensatoria?

Para que una de las partes afectadas por un proceso de divorcio tenga derecho a cobrar una pensión compensatoria de la otra parte se han de dar una serie de requisitos. 

La principal es que exista un desequilibrio económico que deje a una de las partes en una situación económica peor que la que tenía durante el matrimonio. Pero debe afectar solo a una parte, no a ambas. Es decir, si las dos partes se encuentran en una situación económica peor, pero similar, no existirá el derecho a solicitar una pensión compensatoria. 

Tampoco se podrá solicitar si ambos cónyuges cuentan con ingresos o bienes que les permitan mantener una situación económica similar a la que tenían estando casados. 

¿Cuándo y quién debe solicitar la pensión compensatoria?

La pensión compensatoria la ha de solicitar el cónyuge que considere que tiene derecho a ella y es importante que se haga en el momento de tramitar el divorcio o separación legal, ya que posteriormente no se podrá gestionar.

Durante el proceso de divorcio y siempre y cuando no se llegue a un acuerdo al respecto, será el juez competente quien determinará si realmente existe un perjuicio económico para la parte solicitante. Asimismo, deberá tener varios factores en cuenta, como la edad, el estado de salud de las partes implicadas, la experiencia, cualificación profesional que le permitan al solicitante acceder a un empleo si no lo tiene, y si ha estado dedicado a la familia en perjuicio de su trayectoria laboral o el tiempo que ha durado la unión. 

El tribunal también analiza y tiene en cuenta la situación económica y laboral del cónyuge al que se le solicita el pago de la pensión compensatoria y cualquier otra cuestión relacionada que se considere de importancia a la hora de valorar la situación. 

¿Cómo se calcula la pensión compensatoria?

La legislación vigente no tiene estipulada ninguna cantidad fija o mínima a la que acogerse en estos casos, ya que es necesario analizar cada supuesto de manera personalizada. 

La cantidad a la que ascienda la pensión compensatoria puede tratarse de una cantidad fija o de un porcentaje de los ingresos de la parte obligada a pagarla. También existe la posibilidad de que se llegue a un acuerdo entre las partes y no haya que llegar a juicio. Si no se da el entendimiento, será el juez quien dictamine la cantidad a percibir. 

Preguntas frecuentes respecto al derecho a cobrar una pensión compensatoria.

¿Es independiente de la pensión que reciben los hijos?

Una de las preguntas que más se hacen es si la pensión compensatoria es independiente de la pensión que reciben los hijos en caso de que no exista custodia compartida. Y, en efecto, es así. La pensión compensatoria es para el cónyuge, no para la manutención de los hijos, con lo que, aunque el juez lo tenga en cuenta a la hora de dictar sentencia, no son excluyentes.

¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar una pensión compensatoria?

Otra de las preguntas que se suelen plantear en estos casos es durante cuánto tiempo se puede cobrar una pensión compensatoria. La legislación vigente dictamina que esta se podrá cobrar de manera temporal o indefinida, dependiendo del caso. Será el tribunal competente quien determinará estos términos, salvo que las partes implicadas lleguen a un acuerdo previo.

Lo más frecuente es que se establezca un periodo determinado de pago de pensión compensatoria, que puede terminar si se dan ciertas circunstancias, como que la parte perceptora encuentre trabajo, que vuelva a contraer matrimonio o que se jubile, por ejemplo.

¿Puede sufrir modificaciones en el tiempo?

La pensión compensatoria puede sufrir modificaciones durante el periodo de vigencia, la respuesta es que sí, siempre y cuando sea algo acordado entre las partes o se argumente de manera justificativa en el caso de que sea por sentencia judicial.

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